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Cómo cobrar la Lotería Nacional (jueves y sábado) paso a paso

Cómo cobrar la Lotería Nacional

Cómo cobrar la Lotería Nacional

Cobrar un premio de la Lotería Nacional es sencillo: hasta 2.000 € se cobra en cualquier administración y, por encima, en una entidad bancaria colaboradora. Necesitas el décimo original y, para los premios grandes, tu documento de identidad. Un detalle útil: el primer premio del jueves (30.000 €) está exento de impuestos, mientras que el del sábado (60.000 €) sí tributa.

Dónde cobrar según el importe

  • Hasta 2.000 €: en cualquier administración o punto de venta.
  • Más de 2.000 €: en una entidad bancaria colaboradora (BBVA o CaixaBank), con tu identificación.

Los impuestos

Los premios están exentos hasta 40.000 € y tributan un 20 % sobre el exceso. Por eso el primer premio del jueves (30.000 €) se cobra íntegro, mientras que el del sábado (60.000 €) tributa sobre los 20.000 € que superan la exención. Lo vemos en cuánto se lleva Hacienda.

El plazo

Tienes tres meses desde el sorteo para cobrar. Pasado ese tiempo, el premio caduca. Míralo en hasta cuándo se puede cobrar.

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Preguntas frecuentes

¿Dónde se cobra la Lotería Nacional?

Hasta 2.000 € en cualquier administración; por encima, en un banco colaborador (BBVA o CaixaBank).

¿Qué necesito para cobrar?

El décimo original y, para los premios grandes, tu documento de identidad.

¿El primer premio del jueves paga impuestos?

No: son 30.000 €, por debajo del mínimo exento de 40.000 €, así que se cobra íntegro.

¿Y el del sábado?

Sí: son 60.000 €, así que tributa un 20 % sobre los 20.000 € que superan la exención.

¿Cuánto tiempo tengo para cobrar?

Tres meses desde el sorteo.

¿Puedo cobrar si jugué online?

Sí: los premios pequeños se abonan automáticamente y los grandes se tramitan con tu identificación.

Fuentes

  • Loterías y Apuestas del Estado (SELAE): cobro de premios de la Lotería Nacional. Disponible en loteriasyapuestas.es. Consultado en agosto de 2026.
  • Agencia Tributaria (AEAT): gravamen especial sobre premios (exentos hasta 40.000 €; 20 % sobre el exceso). Disponible en sede.agenciatributaria.gob.es.